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Guía: impuestos y cripto en Colombia, lo básico

Básico

qué se declara, qué se grava y por qué necesitas un contador

Lo básico

En Colombia las criptomonedas se tratan como activos intangibles: hacen parte del patrimonio en la declaración de renta y las ganancias al venderlas tributan. Comprar y mantener no genera impuesto; vender con ganancia, sí.

Renta o ganancia ocasional

Si vendes un activo que tuviste menos de dos años, la utilidad es renta ordinaria. Si lo tuviste dos años o más, es ganancia ocasional, con tarifa menor. Cambiar una cripto por otra también es una venta.

Qué registros guardar

Fecha, cantidad, precio en pesos (con la TRM del día) de cada compra y venta, y las comisiones. Sin registros, la DIAN presume lo peor. El Diario y Mi cartera ayudan; exporta el CSV.

Lo que no sabemos por ti

Tu situación completa, topes en UVT, retenciones, declaraciones anteriores. Esto es información general, no asesoría. Un contador que conozca cripto vale lo que cuesta.

En Bursavia

Glosario de Colombia, Exportar diario, Mi cartera, TRM histórica (para valorar en pesos).

Contenido educativo, escrito sin promesas. Si algo no queda claro, escríbenos y lo mejoramos.

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Contenido educativo. No es asesoría financiera ni recomendación de inversión. Operar implica riesgo de perder dinero: lee el aviso de riesgos. ¿Un término no te suena? Glosario.